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¿Cómo inscribir en la Seguridad Social al bebé?

¿Cómo inscribir en la Seguridad Social al bebé?

¡Tu bebé ya está aquí! Han sido 9 meses de espera, pero ya lo tienes entre tus brazos. Van a ser días con mil cosas por hacer, entre ellas realizar todos los trámites burocráticos como inscribirlo en la Seguridad Social para que pueda acceder a la atención sanitaria, ¿sabes cómo hacerlo?

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Índice

 

Los trámites tras el parto


Los primeros días tras el parto son momentos de felicidad, ya tienes a tu bebé contigo, y tanto tú como tu familia estáis contentos y felices de conocer al nuevo miembro.

También son momentos de agobio y de exceso de información: pruebas y partes médicos, reacciones inesperadas del bebé, llamadas de familiares, consejos de los sanitarios, trámites burocráticos…

Si sois padres primerizos, puede que incluso hayáis pasado por alto todo el papeleo que hay que hacer con el nacimiento de un bebé. No os preocupéis, con todos los preparativos puede que lo hayáis dejado para última hora. Podéis hablar con algún familiar o amigo que haya tenido un bebé hace poco y aún recuerde los trámites exactos.

Antes de salir del hospital, asegúrate de que pides el certificado de nacimiento del recién nacido (sin él no podrás realizar los trámites siguientes), alta hospitalaria de la madre, documento de salud infantil (en el que constan las fechas de realización de la prueba del talón y de la prueba de audición).

Tras salir del hospital debes inscribirlo en el Registro Civil en el plazo de 72 horas desde el nacimiento y darlo de alta en el Padrón Municipal correspondiente.

Luego deberás inscribirlo en la Seguridad Social para que pueda acceder a la atención sanitaria.

Y, por último, pero no menos importante, deberás solucionar los Trámites para bajas y prestaciones por maternidad y paternidad.
 

Inscripción del bebé en la Seguridad Social


Para que tu bebé pueda tener acceso a la asistencia sanitaria y se le pueda asignar un pediatra para las revisiones, primero debe estar inscrito en la Seguridad Social.

Si ambos padres están afiliados en la Seguridad Social se puede incluir al bebé como beneficiario de cualquiera de los dos. Si sólo está uno se pondrá como beneficiario de este. Si, por el contrario, ninguno de los padres está afiliado a la Seguridad Social se deben consultar los requisitos y la normativa específica de la mutualidad de afiliación de los padres. 

Para realizar la inscripción en la Seguridad Social se debe ir a los Centros de Atención e Información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En estos centros se puede solicitar cita previa que tiene atención preferente. Esta cita previa se puede obtener también a través de internet o bien en el teléfono 901 10 65 70.

Hay tres formas de realizar la inscripción:

- De manera presencial

- Por correo postal

- Por internet

En cualquier caso, necesitarás la siguiente documentación:

- Libro de familia con la inscripción del recién nacido facilitado en el Registro Civil o libro de familia no actualizado junto con la certificación literal de nacimiento.

- DNI. 

- Formulario de solicitud como beneficiario de la Seguridad Social

Tras realizar todos los pasos de la inscripción, obtendrás un impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social que se deberá incluir en la solicitud de la tarjeta sanitaria.
 

No te agobies


Es verdad que es mucho papeleo en poco tiempo, y en un momento un poco delicado: puede que te sientas cansada y con pocas fuerzas y tu bebé requerirá toda tu atención y cuidados.

Es por eso que es muy importante tener claro cuáles son todos los trámites a realizar y hacer una lista de la documentación necesaria para cada uno de ellos.

La anticipación es clave, como también lo es saber cuánto tiempo tras el parto tienes para realizar cada trámite.

La situación puede llegar a ser agobiante para muchas familias, sobre todo si son primerizas, y prefieren quitarse de papeleos y contratar a un gestor. Haznos caso, no es necesario. Te ahorrarás esa parte si te informas con anticipación.

Si por alguna circunstancia, ni tú ni tu pareja podéis ir a realizar los trámites, algún amigo o familiar os hará el favor. Y si algún papel tarda un poco más en llegar, no entres en pánico, todo el mundo puede cometer errores.


Fuentes:

Administracion.Gob.es

Comunidad de Madrid

Fecha de actualización: 13-10-2020

Redacción: Laura Abad

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