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¿A qué edad los adolescentes pueden trabajar?

¿A qué edad los adolescentes pueden trabajar?

Con la llegada de la adolescencia también llegan el aumento de responsabilidades y obligaciones. Puede que empiece a mostrar interés por realizar ciertos trabajos para financiarse algún capricho o ahorrar. ¿Sabes a qué edad pueden hacerlo legalmente?

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Índice

 

Adolescencia, antesala de la edad adulta


Con la entrada de tu hijo en la etapa adolescente notarás cambios tanto físicos como en su interior. Cada vez es más consciente del esfuerzo que cuesta conseguir las cosas.

Las razones por las que tu hijo pueda querer empezar a trabajar son varias, desde querer reunir algo de dinero para comprarse un capricho o realizar un viaje con sus amigos a ser más independiente económicamente.

En el pasado, tener un trabajo de media jornada era un elemento básico en el horario de casi todos los estudiantes de secundaria. Recientemente, sin embargo, son menos los adolescentes que trabajan, debido en parte al aumento de especialización educativa.

No te sientas mal por proponerle a tu hijo que trabaje. Explícale los pros y los contras y establece unos límites, como que las jornadas de trabajo sean cortas para que no interfieran con la escuela. Ya solo hacer que florezca en ellos la intención de buscar trabajo estará creando cambios que pronto podrás ver.
 

¿Qué dice la ley respecto al trabajo de adolescentes?


Cada país sigue una normativa distinta respecto a la Ley de derecho laboral: salario mínimo, horas por jornada máximas, edad mínima del trabajador, periodo de vacaciones…

En el caso de España, la edad mínima para trabajar con o sin el consentimiento de los padres o tutores es de 16 años.

El adolescente tiene que haber cumplido los 16 años en el momento de empezar a trabajar. No se permitirá firmar contrato hasta esa fecha, aunque queden pocos días.

La única excepción a esto en España es el caso de los niños actores o dedicados a espectáculos. En este, cualquier niño de cualquier edad podrá firmar un contrato laboral con el consentimiento de los padres y siempre y cuando la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma a la que se pertenezca autorice esta contratación.

Para que esta Autoridad Laboral permita que el niño trabaje, debe demostrarse que la actividad que va a realizar no pone riesgo su salud ni integridad, y que no interrumpe su proceso de escolarización. También se necesitará el consentimiento del menor siempre y cuando este tenga el suficiente juicio para hacerlo: por ejemplo, un niño de 8 años tiene juicio para decidir, pero un bebé no, por lo que en el segundo caso no sería necesario.

Además, ningún menor de 18 años puede realizar según el Decreto aún vigente del 26 de julio de 1957 sobre Industria y trabajos prohibidos a menores por peligrosos:

“Queda prohibido, en general, a los menores de dieciocho años:

a) El trabajo en las actividades e industrias que se comprenden en la relación primera unida al presente Decreto.

b) El engrase, limpieza, examen o reparación de las máquinas o mecanismos en marcha que resulten de naturaleza peligrosa.

c) El manejo de prensas, guillotinas, cizallas, sierras de cinta o circulares, taladros mecánicos y, en general, cualquier máquina que por las operaciones que realice, las herramientas o útiles empleados o las excesivas velocidades de trabajo represente un marcado peligro de accidentes, salvo que éste se evite totalmente mediante los oportunos dispositivos de seguridad.

d) Cualquier trabajo que se efectúe a más de cuatro metros de altura sobre el terreno o suelo, salvo que se realice sobre piso continuo y estable, tal como pasarelas, plataformas de servicios u otros análogos, que se hallen debidamente protegidos.

e) Todos aquellos trabajos que resulten inadecuados para la salud de estos trabajadores por implicar excesivo esfuerzo físico o ser perjudiciales a sus circunstancias personales.

f) El trabajo de transportar, empujar o arrastrar cargas que representen un esfuerzo superior al necesario".
 

Sus primeros trabajos


Un trabajo de algunas horas, además de un ingreso extra, aportará a tu adolescente madurez, valores, compromiso…

Asegúrate que este primer trabajo no interfiere con su vida y rendimiento académico. Un trabajo de muchas horas o que requiera mucho esfuerzo puede quitarle tiempo y energía que necesita dedicar a estudiar.

Lo ideal sería que sus primeros trabajos fueran de un par de horas 2 o 3 veces a la semana.

Pueden ser trabajos puntuales, como pasear el perro de un vecino o cuidar una noche de un niño si sus padres salen a cenar, hacer de camarero en eventos… O más estables con horario fijo, como clases de apoyo de alguna materia a alguien más pequeño, monitor de ludoteca en fin de semana…

La clave es encontrar el equilibrio entre aquello que le guste, lo que sepa hacer y las oportunidades que se presenten.

Estas experiencias son muy enriquecedoras y pueden ayudarles a definir sus gustos y darles pistas sobre cómo y de qué les gustaría trabajar en un futuro.


Fuente:

Gobierno de España, Decreto del 26 de julio de 1957 sobre Industria y trabajos prohibidos a menores por peligrosos

Fecha de actualización: 29-10-2020

Redacción: Laura Abad

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