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El autobús del cole, en regla

El autobús del cole, en regla

El crecimiento de las ciudades ha provocado que las distancias se alarguen, y pocos son los afortunados que pueden disponer de un centro escolar a la vuelta de la esquina. Por ello, las rutas que acercan a los niños al cole o a la guardería mediante transportes colectivos se han convertido en la medida más cómoda para padres e hijos. Y, aunque los accidentes en los que están implicados autobuses escolares son escasos, no está de más prestar atención a su seguridad.

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La normativa que regula la seguridad en el transporte escolar, el Real Decreto 443/2001 de 27 de abril, común en toda Europa, es de obligatorio cumplimiento en todo el territorio español y, aunque las empresas de transporte son las verdaderas responsables de su ejecución, es recomendable que los padres vigilen que se cumpla la normativa.
 

Aspectos que recoge el Real Decreto


Antigüedad de los vehículos

El autobús no deberá tener más de 10 años al inicio del curso o 16 si ya se dedicaba  antes al transporte escolar. Y deben estar homologados.

Velocidad

El limitador de velocidad y el tacógrafo son obligatorios en todo autobús escolar y la velocidad máxima para circular tendrá que ser 10km/h inferior a la establecida en la vía.

Pasajeros

Únicamente habrá un niño por asiento. Los vehículos de más de 9 plazas, cuando exista pasillo delante de los asientos ocupados por menores de 16 años deberán contar con cinturón de seguridad. Si los niños tienen entre 5 y 11 años, los cinturones serán de 3 puntos de anclaje y ajustados a su altura, por lo que tendrán que ser elevados con cojín u otro dispositivo destinado a tal fin. No obstante, aunque el uso de cinturón no sea obligatorio en todos los vehículos, es recomendable que todos los asientos de los autobuses escolares lleven cinturón de seguridad.

Características técnicas del vehículo

El suelo del autobús debe ser antideslizante para evitar caídas. Además es imprescindible que junto a las puertas haya asideros para facilitar la bajada y subida de los niños. La marcha atrás tendrá que llevar un dispositivo acústico, y el distintivo de “Transporte escolar” deberá iluminarse delante y detrás tanto de día como de noche, cuando los niños entren o salgan. Los mecanismos de accionamiento de apertura de emergencia estarán debidamente protegidos para evitar una utilización no adecuada por parte de los menores. Los bordes de los escalones tendrán que ser de colores vivos.

Trayecto

La duración del viaje, en condiciones normales, no podrá superar las 2 horas entre la ida y la vuelta. Los niños bajarán y subirán del vehículo por la puerta más cercana al conductor.

Acompañante

Será obligatorio un acompañante adulto si al menos la mitad de los ocupantes son menores de 12 años. Esta persona velará por la seguridad de los niños, por lo que deberá conocer los protocolos de actuación en caso de accidente.  Deberá atenderles en las operaciones de acceso y abandono del vehículo, así como, en su caso, de la recogida y acompañamiento de los alumnos desde y hasta el interior del recinto escolar.

 

Consejos para aumentar su seguridad

Independientemente de que la empresa de transportes deba cumplir con la ley, la precaución y la seguridad son imprescindibles. No olvidemos que hablamos de niños y que sus actos son, casi siempre, imprevisibles. Ten en cuenta estas recomendaciones:

- Llega a la parada con suficiente tiempo. Las prisas provocan que el niño corra, pase por lugares indebidos o que cruce sin mirar.

- Mientras esperan el autobús los menores deben permanecer lo más alejados posible de la calzada. Lo aconsejable es que algún adulto se encargue de su cuidado.

- Al subir al vehículo los niños deben ocupar su plaza cuanto antes, sin levantarse ni molestar al conductor durante todo el trayecto.

- Da ejemplo. Los niños aprenden por imitación. Si tú no respetas las normas ellos tampoco lo harán.


Fuentes: CEA Comisariado Europeo de Automóvil. DGT.

Fecha de actualización: 02-03-2023

Redacción: Lola García-Amado

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