La Asociación de Militares Españoles (AUME) ha pedido que todas las mujeres militares puedan disfrutar de la baja de maternidad y la conciliación laboral. A pesar de la aplicación por ley en las Fuerzas Armadas del Plan Concilia, la realidad es que la Orden Ministerial ha supuesto un gran fracaso y, en muchos casos, incluso se obstaculiza en todo lo posible su ejecución. Por eso, esta organización ha elaborado un informe en el que se denuncia que el derecho de conciliación se aplica de manera "arbitraria, unilateral e injusta" en las Fuerzas Armadas
La lucha por conciliar hogar y profesión
Todos somos conscientes de lo difícil que resulta en la actualidad compaginar familia y trabajo. Los horarios laborales y las dificultades económicas son los principales motivos para que muchas familias se planteen el no tener hijos o tener sólo uno. Este problema hizo que la Administración tomara cartas en el asunto, promoviendo y aprobando leyes para ayudar a la conciliación. También la mayoría de empresas privadas se dieron cuenta de que había que hacer algo y cada vez son más las que facilitan la reducción de jornada o la flexibilidad de horarios. Pero aún queda mucho por hacer, y son muchos los colectivos profesionales a los que la conciliación aún no ha llegado. Por ejemplo, las Fuerzas Armadas.
La reciente maternidad de la Ministra de Defensa, Carme Chacón, hizo saltar la chispa de las quejas y denuncias que la AUME llevaba tiempo reuniendo. Si ella puede cogerse la baja de maternidad compartida, lo normal sería que, ante circunstancias idénticas, todas las mujeres militares pudieran disfrutar de las mismas condiciones de baja maternal y capacidad de conciliación. Así al menos opina el secretario general de la AUME, Mariano Casado, quien considera que "lo que no puede ser la conciliación sea una situación de privilegio. En casos como éste, el ejemplo es fundamental".
Desde la entrada en vigor de la Constitución, las FAS (Fuerzas Armadas Españolas) no tenían regulado el horario de trabajo de forma expresa y específica. Las misiones, algunos destinos muy especiales, los ejercicios y las maniobras, junto con las guardias y los servicios, confieren a estos empleados públicos una particularidad especial en cuanto a la distribución de horas de trabajo. Si a ello unimos la especial disponibilidad “permanente” muchas veces mal entendida y, a menudo, mal empleada, nos encontramos con el desequilibrado e injusto escenario de unas jornadas laborales sin límites precisos, sujetas a la libre disposición del mando. Ello supone y produce, en muchas ocasiones y circunstancias, una total incertidumbre de horarios, una imposibilidad real de conciliación con la vida familiar. Es éste, sin duda, un dilema importante dentro del conjunto de circunstancias problemáticas que ha de afrontar el militar a lo largo de su carrera.
Por eso, la aplicación del Plan Concilia a las FAS mediante una orden ministerial supuso un hito en la historia de los militares. Pero la puesta en marcha de dicha orden ministerial ha constituido un gran fracaso y la frustración de muchas expectativas.
¿Cuáles son los problemas?
Tal y como explica AUME en su informe, el propio articulado de la norma ha permitido, en muchos casos, una aplicación sesgada de la misma al propinar el uso y el abuso de concepto jurídico indeterminado: “necesidades del servicio”. El uso y abuso del mismo ha servido para vaciar de contenido al conjunto de previsiones de la Orden Ministerial, y singularmente, a aquellas que se refieren a aspectos específicos para la efectiva conciliación de la vida profesional con la personal y familiar.
Resulta que dicha Orden Ministerial lo que hace es aplicar, a la baja, los criterios esenciales y básicos de dicho Plan, propiciando una aplicación sesgada o restrictiva, a veces arbitraria, lo que supone desembocar en un estatus de ciudadanía por debajo del que gozan otros servidores públicos.
Las contestaciones dadas, denegando o modificando condiciones de concesión, a las solicitudes de dichas medidas para la conciliación con la vida familiar, esgrimen siempre la falta de efectivos, bien por plantillas incompletas, bien porque las unidades tienen parte de sus efectivos en misiones, bien porque falta personal para ejercicios o maniobras, o bien porque hay más componentes de las mismas acogidos a dichas medidas. El caso es encontrar siempre una excusa para denegar la conciliación.
Desde que en 2006 se aprobara la Orden Ministerial que regula este derecho, la asociación ha recibido denuncias, quejas, cartas y correos electrónicos que ponen de manifiesto que la legislación es absolutamente irreal y no efectiva.
En muchas ocasiones se conceden solicitudes de flexibilidad horaria y de reducción de jornada. Pero luego, son revisadas con modificación de los condicionantes, de forma inmotivada, para proceder a la no concesión de la exoneración de guardias, servicios y maniobras. Se alega “necesidades del servicio”, sin especificarse las mismas y sin mencionar si se han atendido con otros medios y si se ha llegado al “último extremo”, como establece la normativa. Es fácil imaginar el desasosiego que todo esto produce y las alteraciones en la vida de las personas afectadas.
Según AUME, se ha comenzado a trasmitir la idea de que no está bien visto proceder a solicitar reducción de jornada o flexibilidad horaria. Se obstaculiza en todo lo posible su ejecución en caso de habérseles concedido; se les cambian continuamente los condicionantes con motivo de ejercicios o maniobras; se realizan comentarios jocosos delante de otros compañeros y se les acusa de falta de compañerismo; se recuerda, de manera subrepticia, la posibilidad de que afecte el acogimiento a medidas de conciliación a los informes personales, que pueden tornarse en negativos y se les hace ver, en general, que no tienen buen concepto para el mando.
También estas decisiones afectan económicamente, puesto que con la concesión de la solicitud de dichas medidas, se pierde el Complemento de Dedicación Especial que, añadido a la pérdida de retribuciones establecida en la propia norma, resulta un gran descalabro económico para quien está solicitando una “ayuda social” a través de un derecho.
Propuestas de la AUME
1º- Es necesario y urgente hacer más precisa la Orden Ministerial 121/2006.
2º- Se debe regular, de manera objetiva, el concepto de “necesidades del servicio” y establecerse las normas precisas para su correcta aplicación, exenta de arbitrariedades y abusos.
3º- Sólo se debe establecer la disminución de las retribuciones en el caso de concesión de reducción de jornada.
4º- Es necesario el establecimiento de un sistema de permutas entre puestos de trabajo de una misma unidad que se encuentre establecida en distintas plazas y, el mismo sistema, entre distintas unidades de las Fuerzas Armadas.
5º- Se ha de dar prioridad en los procesos de asignación de destinos a aquellos que deban atender a familiar con discapacidad y/o dependencia, mayor o que padezca enfermedad grave.
6º- Se ha de establecer una red de guarderías o, en su caso, facilitar el acceso a guarderías públicas. Deben ponerse en marcha oficinas de atención a las familias y propiciarse la firma de convenios con entidades públicas y privadas para la prestación de servicios que favorezcan a la efectiva conciliación.
7º- Se ha de dar amplia difusión de la norma y su aplicación, a todos los niveles. Se trata de crear una auténtica cultura positiva de la conciliación.
8º- Se debe prestar una atención específica a las parejas cuyos dos cónyuges son militares. Se ha de exonerar de guardias, servicios, maniobras y de cualquier otra actividad que interfiera en el horario regular de trabajo, a aquel militar cuyo cónyuge, también militar, se encuentre desplazado en misión fuera del territorio nacional o embarcado.
9º- Dada la importancia social de esta Orden Ministerial, ha de establecerse un sistema vigilante que en caso de su defectuosa aplicación depure responsabilidades de forma inmediata o enmiende las formas de actuar que sean contrarias a la ley.
10º- Debe ponerse en marcha el Observatorio de la Vida Militar, órgano independiente que debe abordar estas cuestiones, entre otras.
11º- Debe regularse una ley de derechos y libertades de los miembros de las FAS, que recoja, entre otros, el derecho a la conciliación de la vida laboral con la personal y familiar.
Fuente: Informe sobre la aplicación del “Plan Concilia” en las Fuerzas Armadas, AUME.
Redacción: Irene García
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