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Ayudas para madres solteras, situación actual

Ayudas para madres solteras, situación actual

Uno de los principales problemas a los que tienen que enfrentarse las madres solteras es la cuestión económica. Con un solo sueldo, es mucho más difícil hacer frente a los gastos de un bebé: alimentación, guardería, educación... ¿Quieres conocer las principales ayudas económicas a las que tienes derecho como madre soltera?

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Todavía hoy, y después de sucesivas crisis, nuestro país se encuentra muy por debajo de otros países europeos en lo que a prestaciones a las familias se refiere. No existen actualmente muchas ayudas especiales para madres solteras, aunque por suerte pueden beneficiarse de todas aquellas ayudas para las familias en general.
 

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¿Cuáles son las ayudas estatales actuales para familias

- Prestación económica por nacimiento de hijo: Es una ayuda para los casos de nacimiento o adopción múltiple tanto en familias numerosas, como en familias formadas por madres solteras y familias formadas con una madre con discapacidad. En caso de pedirla por parto múltiple existe un límite de ingresos para solicitarlo y si se pide por ser una familia monoparental el límite es superior (11.547,96 € con un hijo a cargo, y va aumentando según el número de hijos).

Es una ayuda consistente en un pago único de 1.000€ que puede pedir la madre que tiene la custodia. Esta ayuda está exenta de IRPF, y puede verse reducida si se superan ciertos ingresos.  

Prestaciones familiares por hijo a cargo: Es una asignación económica que se entrega para cubrir una situación de necesidad o un exceso de gastos por los que pasan algunas familias cuando tienen hijos a su cargo menores de 18 años o minusválidos que dependen de ellos. También pueden acceder a estas ayudas los menores huérfanos de padre y madre o los menores abandonados.

Esta ayuda se puede solicitar cuando los ingresos de la unidad familiar no superen la cantidad que cada año se establece por ley o cuando tiene a su cargo a dos o más hijos, los ingresos de la unidad familiar pueden ser superiores a lo que la ley dice en un 15% por cada hijo a partir del segundo (incluido éste), si no superan además un límite máximo de ingresos establecido por ley y que se puede consultar en la página del Ministerio de Sanidad.

Esta prestación se puede pedir por tener hijo o menores acogidos que sean menores de 18 años. Es necesario que no se supere el límite de ingresos de 11.547,96 € si se tiene un hijo (límite que va aumentando dependiendo del número de hijos a cargo). Es una prestación de 291 € anuales (24,25 €/mes) por cada hijo a cago, ayuda que está exenta de IRPF. Se recibe en 2 pagos (enero y julio), y puede reducirse si se superan ciertos ingresos.

- Hijos o menores acogidos con discapacidad. Es una asignación económica que se entrega para cubrir una situación de necesidad o una de exceso de gastos por las que pasan algunas familias cuando tienen hijos con discapacidad, menores o mayores de 18 años o menores acogidos a cargo. El hijo o acogido ha de tener una discapacidad en grado igual o superior al 33% si es menor de 18 años o igual o superior al 65% si es mayor de esta edad.

El importe de esta prestación varía según el supuesto en el que es encuentre la familia y el año. Para el 2016 fue 1.000 € al año por hijo o acogido, en el caso de que éste tenga menos de 18 años y con una minusvalía en grado igual o superior al 33%. Es decir, 250 € trimestrales.

4.414,80 € al año por hijo, en el caso de que éste sea mayor de 18 años y tenga una minusvalía en grado igual o superior al 65%. Es decir, al mes 367,90 €.

6.622,80 € al año por hijo, en el caso de que éste sea mayor de 18 años, tenga una minusvalía en grado igual o superior al 75%, y necesite la ayuda de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida. Es decir, al mes 551,90 €.

- Permiso de maternidad: 16 semanas en las que se cobra el 100% de la base reguladora correspondiente. Si la madre está en paro, recibirá el subsidio de maternidad por la cantidad que le corresponda y una vez extinguido éste se reanudará la prestación por desempleo por el tiempo que faltaba por percibir.

- Ayuda al parto: El Ministerio de Hacienda proporciona una ayuda de 100 euros mensuales por hijo a las madres con niños menores de 3 años que trabajen fuera de casa. Esta prestación se completa con una deducción en la base del IRPF para el mismo colectivo de madres (o padres) con hijos menores de tres años a cargo, trabajen o no fuera de casa. En la actualidad, esa deducción para menores de tres años está fijada en 300 euros y en otros 150 euros para los hijos entre 3 y 15 años.

La paga se puede solicitar por teléfono o Internet, en la Agencia Tributaria y en el Registro Civil, cuando se inscriba al recién nacido. No hay límite de renta, y también la pueden solicitar las madres que por sus ingresos no tienen la obligación de hacer la declaración de la renta. Sólo es necesario trabajar y estar dada de alta en la Seguridad Social.

- Nuevas deducciones por las circunstancias familiares: Desde el 1 de enero de 2015 están vigentes nuevas deducciones para trabajadoras por cuenta ajena o propia que dependen de las circunstancias familiares: descendientes o ascendientes con discapacidad, por ser familia numerosa…

Existe una específica para las familias monoparentales con 2 hijos y que no se reciba ninguna anualidad por alimentos, de hasta 1.200 euros, que también puede recibirse anticipadamente en cuotas de 100 €/mes.

- Reducción de jornada laboral: Se puede pedir la reducción de jornada en los supuestos de lactancia del hijo menor de nueve meses; por cuidado de menores de seis años; o por nacimiento de bebés prematuros.

- Beneficios fiscales por hijo a cargo: Según el modelo familiar y del año fiscal, los beneficios fiscales pueden ser unos u otros. 

- Prestaciones del Servicio Público de Empleo SEPE (antiguo INEM): Además de las ayudas por desempleo generales, si la trabajadora tiene cotizaciones por desempleo, por ser madre y tener cargas familiares se puede acceder a algunas ayudas específicas o se facilita el acceso a otras:

Ayuda familiar: es un subsidio de 426 euros al mes para aquellas madres con hijos a cargo que han agotado la prestación por desempleo.

Subsidio por insuficiencia de cotización: es un subsidio que se puede pedir cuando no se ha cotizado lo suficiente para poder pedir la prestación contributiva. En el caso de tener hijos a cargo es necesario cotizar solo 3 meses para poder pedirlo o en el caso de cotizar 6 meses el subsidio es mucho más largo.

Plan Prepara: es una ayuda que se puede pedir una vez agotados el paro y los demás subsidios. Si se tienen hijos a cargo se reducen los requisitos, no siendo necesario llegar inscrito como demandante de empleo 12 meses en el periodo de los últimos 18.

Plan de Activación para el Empleo: es la última ayuda del Servicio de Empleo para quienes han agotado todas las demás, y es requisito imprescindible tener cargas familiares para poder pedirla.

Hay que tener en cuenta que a las madres solteras probablemente les exigirán al solicitar estas ayudas que aporten un convenio regulador donde se detalle, si las hay, las responsabilidades económicas asumidas por el padre.

- Ayudas por el impago de pensiones alimenticias: cuando una mujer está separada o divorciada y su ex pareja o ex marido no le paga la pensión alimenticia tiene derecho a recibirla. Pero ¿cómo? Pues bien, gracias al Fondo de Garantía del pago de Alimentos. Dicho pago garantiza el pago de las pensiones de alimentos que no se hayan satisfecho a menores de edad y mayores con discapacidad.

Hay que tener claro, no obstante, que para recibir esta ayuda considerada como un anticipo de la pensión de alimentos se necesita haber reclamado y de manera judicial el impago de la pensión y no tener ingresos por encima de los límites establecidos. Esta prestación se concederá por un periodo máximo de 18 meses y la cuantía será de 100 euros mensuales.

-Trabajadoras autónomas reincorporadas después de la maternidad: Las trabajadoras por cuenta propia del Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia y autónomos que, habiendo cesado su actividad por maternidad y disfrutando del periodo de descanso correspondiente, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha del parto, tendrán derecho a percibir una bonificación del cien por cien de la cuota por contingencias comunes resultante de aplicar el tipo de cotización a la base mínima vigente en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, independientemente de la base por la que coticen, y durante un periodo de 12 meses.

- Becas: Según la localidad en la que se resida, existen becas para pagar los libros de texto, para el comedor escolar, para el transporte escolar y para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados.

- Ayudas sociales a familias numerosas: Existen muchos beneficios, entre otros: Bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social (del empleador) por la contratación de un cuidador al servicio de una familia numerosa; incremento del límite de ingresos para tener derecho a la asignación económica de la Seguridad Social por hijo a cargo menor de 18 años; ampliación de la duración del permiso de paternidad hasta 20 días para padres de familias numerosas; ampliación del período considerado como cotizado y del de reserva del puesto de trabajo en caso de excedencia por cuidado de hijo; derechos de preferencia para conseguir becas, reducción del 50% (para la categoría general), o exención (para la categoría especial) de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación; bonificaciones del 20 o 50% en las tarifas de transporte por carretera, ferrocarril y marítimo (dependiendo de la categoría), etc. etc.

- Ayudas estatales en materia de vivienda (subsidiación de los préstamos concedidos, ayuda a la entrada) para familias monoparentales cuyos ingresos no excedan en lo convenido.

- Fundaciones: Existen asociaciones que ayudan a las madres solteras en materia económica, laboral, asistencia legislativa… como la Fundación Isadora Duncan o la web, donde se recoge información sobre las familias monoparentales, noticias, foros, consejos, etc.

 

Ayudas autonómicas para familias monoparentales

Además de las prestaciones estatales y que puedes consultar en el SEPE-Servicio Público de Empleo Estatal, también una madre soltera podrá acogerse a diferentes ayudas que ofrecen las comunidades autónomas.

• Andalucía. Las subvenciones son ayudas a comedor escolar, madres con hijos menores e ingresos muy bajos, ayudas para casos de emergencia, ayuda a domicilio.

• Asturias. Pueden solicitar una deducción de 300 euros sobre la cuota autonómica si la renta no es alta.

• Castilla La Mancha. Se facilita tarjeta verde de transporte, acogimiento familiar de menores y ayudas para la infancia.

• Cataluña. Madres con hijos menores de tres años; carnet familiar, familias numerosas, programa de vivir en familia y reagrupación familiar de personas inmigrantes.

• Comunidad Valenciana. Ayudas para el acogimiento familiar y reagrupación familiar, comedores sociales y ayudas de emergencia.

• Madrid. Deducción fiscal, ayuda en el acogimiento familiar, familiar con problemas económicos, madres trabajadores y subvención de alquiler. La subvención de alquiler es una ayuda anual de máximo el 40% de la renta, serían unos 3.200 euros como máximo.


Fuente: Guía de ayudas sociales a las familias 2016.

Fecha de actualización: 29-05-2020

Redacción: Irene García

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