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En el coche, más seguros mirando hacia atrás

En el coche, más seguros mirando hacia atrás

Los niños menores de 15 meses tendrán que viajar en coche obligatoriamente en sillitas colocadas en sentido contrario a la marcha, siempre y cuando el dispositivo lo permita. No obstante, lo mejor es llevarle a contramarcha hasta los 4 años.

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¿Qué dice la ley actualmente?

Actualmente conviven todavía dos normativas en vigor, la R44/4 y la R29.la primera obligaba a los niños a ir a contramarcha hasta los 9 kilos (unos 9-10 meses), pero la nueva normativa, que se va implantando por fases, amplía la obligatoriedad de llevar a los niños a contramarcha hasta los 15 meses, independientemente de su peso. Esto es lo que es obligatorio, pero las nuevas sillas permiten que los niños vayan a contramarcha hasta los 4 años, más o menos, ya que es lo que recomiendan todos los organismos oficiales.

En el caso de los asientos traseros, la normativa obliga a que las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros utilicen un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, y que los que tengan una altura igual o superior, utilicen indistintamente este dispositivo o el cinturón de seguridad para adultos.

Además, está prohibido colocar la silla del niño en los asientos delanteros, a no ser que no haya sitio detrás porque ya están ocupados por otras sillas ni usar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado.

En la actualidad todos los niños que utilizan un grupo 0+ (de 0 a 13 kilos) viajan en sentido inverso, pero ¿qué sucede con aquellos entre 9 y 18 kilos? Aunque cada vez hay más niños que van hacia atrás hacia los 3 o los 4 años, todavía muchos lo hacen mirando hacia delante, en sentido a la marcha del coche, si bien, según un reciente estudio de RACE y Cibex en colaboración con la DGT, viajar en una silla infantil en sentido contrario a la marcha puede reducir hasta en un 75 por ciento el riesgo de que los menores sufran lesiones en caso de accidente de tráfico.


Cambiar la orientación reduce el riesgo de lesiones

Los resultados del estudio han llevado a Tráfico a  proponer este cambio en el Reglamento General de Circulación, de modo que los menores que viajen en sillitas de los grupos 0, 0+ y I (aproximadamente hasta los 18 kilos), lo hagan en sentido contrario a la marcha con la condición de que el dispositivo lo permita y que el niño tenga menos de 4 años.

Los estudios internacionales sobre seguridad infantil, como los desarrollados en Estados Unidos o en Suecia, demuestran que los músculos del cuello de un niño soportan un peso muy grande, y que un esfuerzo o tensión elevados puede provocar daños, o incluso la muerte. Por este motivo, y para estudiar estos casos, se ha realizado una prueba de impacto para demostrar la eficacia de viajar en una silla del grupo I en sentido de la marcha frente a una del mismo grupo I en sentido inverso.

Se realizaron dos impactos dinámicos (o Crash Test) a 64 km/h con dos sillas del grupo I (de 9 hasta 18 kilos) homologadas. Las dos pruebas se realizaron por un laboratorio independiente bajo los mismos criterios, utilizando para ello un “dummy” de un niño de 18 meses situado en la plaza trasera, detrás del puesto del copiloto. En el impacto con un sistema de retención infantil en sentido de la marcha, la cabeza del niño se desplaza hacia delante tirando del cuello, sometiendo a éste a una gran tensión al intentar mantener la cabeza en posición. Este hecho puede estirar la médula espinal y el cráneo puede quedar desvinculado, pudiendo ocasionar la parálisis o muerte del niño. Esto se suele denominar “decapitación interna”.

Las vértebras cervicales de los niños pequeños son inmaduras, están todavía en partes (unidas sólo por cartílago), y pueden no ser suficientemente fuertes para proteger la médula espinal en un accidente de este tipo con el sistema de retención infantil en sentido de la marcha cuando la cabeza literalmente tira hacia delante del resto del cuerpo, el cual se encuentra sujeto por el arnés de la propia silla. De esta forma, la cabeza del niño, no retenida por nada, avanza violentamente hacia delante, traduciéndose esto en un gran incremento de riesgo de daño en cabeza, espina y cuello, lo cual se traduce en mayor riesgo de muerte o de parálisis.

En sentido contrario de la marcha, estas zonas quedan mejor protegidas. En un impacto frontal con el dispositivo de retención infantil en sentido contrario de la marcha, las cargas puestas en juego se distribuyen de manera más homogénea en espalda, cabeza y cuello (una gran parte del cuerpo), de forma que el estiramiento del cuello es mucho menor. Hay un gran contraste en cómo un niño está sujeto en un sistema de retención con arneses situado en sentido de la marcha. La posición del niño durante el impacto es más “natural” ya que no se produce ese avance característico de la cabeza que sí se produce en los sistemas de retención en sentido de la marcha con arneses.


Fuente:

Dirección General de Tráfico

Fecha de actualización: 10-06-2020

Redacción: Irene García

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