• Buscar

Conciliación de la vida familiar y laboral. Opina el Defensor del Pueblo

Conciliación de la vida familiar y laboral. Opina el Defensor del Pueblo

La incorporación de la mujer al trabajo ha propiciado uno de los cambios sociales más profundos del ya pasado siglo XX. Este hecho ha motivado la necesaria configuración de un nuevo sistema para fomentar la igualdad de hombres y mujeres

Publicidad

En nuestro país, las últimas reformas llegaron de la mano de la ley 39/1999 de 5 de noviembre. En ésta se incluyen medidas como la posibilidad de reducción de jornadas de trabajo por motivos familiares, reformas en la duración y distribución de los permisos de lactancia, de la baja por maternidad y paternidad, etc.

 

Pero, ¿han surtido los efectos esperados?, ¿son suficientes las medidas adoptadas?

 

Enrique Múgica, Defensor del Pueblo Español desde junio de 2000, nos da su opinión.

 

TPP: Las actuaciones y medidas a favor de la conciliación de la vida familiar y laboral, ¿han sido la respuesta a un deseo general de los ciudadanos o algo impulsado con y gracias a las herramientas del Estado?

 

EM: Han sido una respuesta colectiva, de la sociedad en su conjunto, frente a las complejidades que entraña el sistema del mercado laboral.

 

Hay que partir de la base de que, esas medidas, tienen como objetivo el reconocimiento de los derechos de todas y cada una de las personas que integran la familia. De lo contrario, se podría caer en el error de identificar las políticas de conciliación exclusivamente con medidas activas de empleo destinadas a la mujer. La conciliación de la vida familiar y laboral nunca llegará a ser real si no se parte previamente de la necesidad de que haya una responsabilidad compartida entre los miembros de la familia y, en primer lugar, entre los propios cónyuges. En segundo término, esa responsabilidad alcanza también a quienes, de alguna manera, tienen en su mano la posibilidad de facilitar esa conciliación: el Estado, las empresas y la sociedad en general.



Las políticas de conciliación de la vida familiar y laboral han de ser entendidas, por tanto, como políticas de familia. Algunas, deben ser desarrolladas en el mercado de trabajo, otras en el ámbito de la protección social, y otras a través de la fiscalidad. En definitiva, este tipo de políticas públicas han de tener como objetivo garantizar el derecho de todos los miembros de la familia a la convivencia diaria, sin renunciar a ella por el exceso de trabajo del padre o de la madre.

 

TPP: Las políticas conciliadoras son, en parte, una medida para fomentar el cumplimiento de la igualdad de derechos de hombres y mujeres que recoge nuestra Constitución, ¿Es Ud. de los que opina que todavía existen diferencias salariales en función del género?

 

EM: Los economistas afirmaban, a principios del siglo pasado, que el simple hecho de haber nacido varón suponía ventajas económicas importantes en el mercado de trabajo. Y, lamentablemente, dicha afirmación continúa siendo cierta. En qué consisten esas ventajas, se comprueba fácilmente al constatar que sigue siendo muy frecuente el que los hombres perciban salarios más altos que las mujeres, incluso en situaciones profesionales idénticas. Y asimismo, es habitual que las mujeres ocupen cargos de menor responsabilidad que los hombres y, por tanto, tengan menor volumen de ingresos. Las diferencias se hacen aún más patentes cuando se observa que la situación de pobreza se da con mayor probabilidad entre las mujeres que entre los hombres, especialmente si éstas tienen cargas familiares y configuran una familia monoparental.

 

Hay datos elocuentes que avalan estas afirmaciones. Por ejemplo, la tasa de actividad de los varones se sitúa en España en torno al 64%, mientras en las mujeres alcanza tan sólo al 40%. Y más significativa es aún la diferencia en relación con el trabajo y el matrimonio. Así, mientras que en el caso de los hombres, la tasa de actividad es casi idéntica entre casados y solteros (64,8 y 65,7%, respectivamente), en el caso de las mujeres la diferencia es de 17 puntos porcentuales, ya que mientras las solteras tienen una tasa de actividad del 55%, la de las mujeres casadas se reduce al 38%, diferencia que se acentúa aún más si nos referimos a mujeres con hijos menores de 6 años.

 

Según datos recogidos en el informe de la Comisión Europea sobre el empleo en Europa, los salarios de las mujeres son, por término medio, inferiores en un 16,2% a los de los hombres, diferencias que se elevan hasta el 23,7% en el sector privado y se reducen al 10,7%, en el público. Únicamente en tres Estados de la Unión Europea –Italia, Bélgica y Portugal- el salario medio de las mujeres sobrepasa el 90% del salario de los hombres. Y estas diferencias se producen a pesar de que, ya desde el año 1975, está en vigor una Directiva comunitaria sobre la aplicación del principio de igualdad de retribución entre los trabajadores y las trabajadoras.

 

Uno de los factores que incide de forma más negativa en la demanda de trabajo por parte de las mujeres, es el nacimiento de los hijos y, en general la existencia de personas dependientes en el seno de una familia. Por eso, de todas las políticas públicas destinadas a ayudar a las familias a conciliar la vida familiar y laboral, las más útiles para las familias son las destinadas a los servicios de cuidado y atención a niños y ancianos, y por lo tanto las que más deberían potenciarse. Por ello, creo que resulta inaplazable la aprobación de una ley que regule las situaciones de dependencia. Lo demandan continuamente los ciudadanos a través de los barómetros de opinión que realiza el Centro de Investigaciones Sociológicas.

 

En España, se han hecho esfuerzos importantes, en los últimos años para apoyar a las familias españolas, desarrollando políticas que faciliten su estabilidad, autonomía y bienestar. En este sentido, fue promulgada en el año 1999 la Ley de Conciliación de la vida familiar y laboral; asimismo se aprobó la reforma del I.R.P.F. y la mejora de la protección familiar en la Seguridad Social, y finalmente se fijó el denominado "coste cero" para las cotizaciones a la Seguridad Social de los contratos de sustitución por maternidad. Pero, a pesar del innegable esfuerzo realizado por la Administración, en los últimos tiempos, para desarrollar estas políticas públicas, existen aún diferencias presupuestarias muy significativas respecto a las ayudas en otros países de la Unión Europea. Las prestaciones más generosas son las ofrecidas por Luxemburgo y Francia, y las más escasas las de España y Portugal.

 

Algunas comunidades autónomas han establecido sus propias reglas en materia de política familiar, tratando de paliar la precariedad de recursos del sistema de la Seguridad Social. Existe una gran diversidad en cuanto a los tipos de ayudas a las familias ya que, en algunas Comunidades, dichas ayudas se reconocen únicamente a través del sistema fiscal, mientras que, en otras, se conceden ayudas económicas de carácter directo. Únicamente en ocho comunidades autónomas no se reconoce ningún tipo de prestación económica directa a las familias.

 

En conclusión, el panorama legislativo en este ámbito es muy irregular en España, pero en cualquier caso de nivel inferior al de la gran mayoría de los países europeos.

 

TPP: ¿Cree que son suficientes las medidas adoptadas por el Gobierno?

 

EM: La gran novedad ha sido la implantación del impuesto negativo a favor de las madres trabajadoras con niños menores de tres años. Esta medida goza de la ventaja de actuar como tal impuesto negativo, es decir, pueden disfrutar de ella incluso las madres que no hayan hecho la declaración el IRPF, o también percibirla como un cobro anticipado. La única excepción que la ley establece está referida a las madres que no trabajan, o a las demandantes de empleo. Por ello, el Defensor del Pueblo formuló sendas recomendaciones a la Administración, con la finalidad de que ninguna de esas mujeres quedase excluida de este beneficio. Sin embargo, nuestras recomendaciones no han sido atendidas. En cualquier caso, dada la limitada cuantía de esta ayuda (100 euros), la incidencia que tiene en la conciliación de la vida familiar y laboral es reducida.

 

TPP: Estas medidas gubernamentales buscan, entre otros aspectos, aumentar la baja tasa de natalidad, que se relaciona con la falta de políticas claras para las familias. ¿Están surtiendo el efecto esperado, o el avance de la tasa de natalidad se debe únicamente a los nacimientos de hijos de inmigrantes?

 

EM: Dado que, como hemos venido diciendo, estas ayudas en España son limitadas y tienen solamente una incidencia relativa, no parece que hayan repercutido tampoco de forma decisiva sobre el índice de la natalidad. Es cierto que en los últimos años la población española ha crecido por encima de los tres millones de habitantes. Pero esta cifra coincide prácticamente con el número de inmigrantes que han entrado en nuestro país en los últimos tiempos. El índice de natalidad entre las mujeres españolas también se ha incrementado algo. Pero todavía no es suficiente como para afrontar las necesidades derivadas del envejecimiento progresivo de la población española, de cara al futuro.

 

TPP: En su opinión, ¿Cuáles son los retos de las familias españolas para los próximos años?

 

EM: Las políticas públicas no son capaces, por sí solas, de resolver los conflictos entre la vida laboral y la familiar, ni tampoco de facilitar el acceso de la mujer al mercado de trabajo, ni su permanencia en el mismo. La clave fundamental está en combinar esas políticas públicas con los cambios sociales imprescindibles para armonizar el ámbito familiar y el laboral. Y para ello, es necesario hablar no sólo de conciliación, sino también de corresponsabilidad familiar, como decía antes.

 

Hay que replantear los tiempos destinados al trabajo fuera de casa y los dedicados al cuidado y atención de los niños. La responsabilidad de atender a los hijos no es sólo tarea de las madres, lo es también de los padres. Las políticas públicas de conciliación deben partir de esta premisa. Si no, estaremos poniendo en marcha políticas de empleo dirigidas sólo a la mujer, para que ésta se incorpore al mercado de trabajo y continúe además haciendo las labores del hogar y atendiendo casi en solitario a sus hijos, mientras que el padre atiende sólo sus obligaciones como trabajador, pero no sus obligaciones familiares. Ninguna política pública de conciliación obtendrá los resultados perseguidos si no se define en términos de corresponsabilidad familiar. Es precisamente en ese reparto de derechos y obligaciones en donde la familia, y especialmente las mujeres se juegan el futuro.


Fecha de actualización: 24-08-2005

Redacción: Lola García-Amado

Publicidad
Publicidad

TodoPapás es una web de divulgación e información. Como tal, todos los artículos son redactados y revisados concienzudamentepero es posible que puedan contener algún error o que no recojan todos los enfoques sobre una materia. Por ello, la web nosustituye una opinión o prescripción médica. Ante cualquier duda sobre tu salud o la de tu familia es recomendable acudir a unaconsulta médica para que pueda evaluar la situación en particular y, eventualmente, prescribir el tratamiento que sea preciso.Señalar a todos los efectos legales que la información recogida en la web podría ser incompleta, errónea o incorrecta, yen ningún caso supone ninguna relación contractual ni de ninguna índole.

×