Documentación de aportación voluntaria, para su baremaciónIngresos familiares Situación de familia numerosa Alumno en situación de acogimiento familiar o adopción Alumno nacido en parto múltiple Alumno con necesidades educativas especiales o minusválido físico, psíquico o sensorial Padres o hermanos del alumno o, en su caso, los tutores, con condición reconocida de discapacidad física, psíquica o sensorial Situación laboral de los padres o tutores Situación social La cuantía de la beca de los beneficiarios vendrá determinada exclusivamente en función de la renta per cápita de los miembros de la unidad familiar, y oscilará entre 95 € y 160 € al mes. Las solicitudes y la documentación requerida deberán entregarse en el Registro de la Dirección de Área Territorial correspondiente al centro escolar en el que el alumno esté matriculado, o en los demás lugares determinados en la Orden de convocatoria, en el plazo que se determine para ello, normalmente en dos periodos, uno entre mayo y junio y otro en septiembre. Prestaciones económicas
Ayudas al comedor: Existen dos tipos de modalidades de solicitud: la general, para cualquier familia, y una especial sólo para aquellas familias que perciban la RMI (Renta Mínima de Inserción). A los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria se les aplicará el presente baremo: 1.- Por cada menor de dieciséis años de la unidad familiar, 1 punto 2.- Situación de convivencia del cabeza de familia:
- Separación/divorcio o viudedad/soltería, 2 puntos 3.- Situación de Familia Numerosa, 2 puntos 4.- Personas afectadas por discapacidad:
- Padre o madre, 3 puntos - Hermanos o alumno solicitante, 2 puntos 5.- Alumnado con necesidades educativas especiales, 3 puntos. 6.- Situaciones de desempleo en el momento de efectuar la solicitud, 1 punto 7.- Alumnos que se encuentren siguiendo un proceso de intervención social en los Servicios Sociales de su municipio, 5 puntos Una vez sumados los puntos de cada solicitante, se irán otorgando las becas a los que tengan mayores puntuaciones hasta completar el número total de prestaciones. En caso de igualdad de puntuación entre solicitantes, las becas de modalidad general se adjudicarán en orden inverso a la magnitud de la renta per cápita de la familia del solicitante. Documentación necesaria: -Fotocopia de DNI cotejada con el original. En el caso de extranjeros, fotocopia de NIE (Número de Identificación de Extranjeros), cotejada con el original, o fotocopia cotejada del pasaporte.
-Documentación de ingresos, situación familiar, así como de otras situaciones a justificar para el baremo (discapacidades, necesidades educativas especiales, etc.).
Cuantía de las ayudas (en función de la puntuación obtenida): puede ser de 505, de 379 o de 253 euros por alumno por cada curso escolar. Ayudas para material y libros de texto
La cuantía oscila entre 90 y 110 euros. Existen 4 tipos de ayudas. En el caso de encontrarse representado en más de una de ellas, se debe elegir la más ventajosa. En orden de prioridad: 1. Beneficiario del Ministerio de Educación y Cultura (MEC): Pueden acogerse a esta modalidad los alumnos que en el curso anterior hayan percibido ayuda de libros del Ministerio y que estén matriculados en cualquier curso de primaria o secundaria. No es necesario adjuntar ningún tipo de documentación.
2. Víctima del terrorismo: Sólo pueden solicitarla quienes, no siendo beneficiarios del MEC, hayan sufrido daños muy graves en acto terrorista (muerte del padre o madre, o lesiones psíquicas o físicas que hayan dejado a los padres - o al alumno - en estado de gran invalidez o con incapacidad permanente absoluta o total para el ejercicio de su profesión habitual). La documentación necesaria incluye: a. DNI o documento acreditativo de la identidad del solicitante b. Libro de familia c. Certificación del centro en que se encuentra escolarizado el alumno d. Resolución del Ministerio del Interior de la que resulte que el alumno reúne la condición de víctima del terrorismo 3. Familia numerosa: La documentación que hay que aportar en este caso es el título de familia numerosa y la que se aporta en el caso de la solicitud por renta.
4. Renta: Se pueden acoger a esta modalidad todos aquellos que no entren en ninguna de las categorías anteriores. Documentación necesaria: a. Libro de Familia b. DNI o NIE de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años c. En su caso, documentación acreditativa de la incapacitación judicial de los hijos mayores de 18 años o de la discapacidad superior al 33% d. En situaciones de carencia económica, justificante de que la unidad familiar percibe la renta mínima de inserción
FUENTE: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Redacción: Irene García
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