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Congelar células madre



Por lo tanto, ¿debo congelar las células madre del cordón umbilical de mi hijo?

A pesar de que la respuesta a esta pregunta es algo muy personal, sí se pueden tener en cuenta varios detalles a la hora de tomar esta decisión. Lo primero, las donaciones a los bancos públicos siempre son algo positivo, ya que gracias a estas donaciones altruistas se curan muchas enfermedades y se salvan muchas vidas. Y no sólo es un acto solidario para los demás, también para nosotros y nuestros hijos, ya que cuantas más células madre haya, más personas se podrán beneficiar de ellas.

En cambio, si queremos congelar células sólo para uso personal de nuestra familia en un banco privado, hay que tener en cuenta que estos bancos suponen un desembolso de dinero todos los años, y que no siempre estas células serán compatibles. No obstante, si las investigaciones siguen avanzando, las células madre de los cordones se podrán utilizar para regenerar tejidos dañados del corazón, de los huesos, o incluso curar enfermedades como el Parkinson o el Alzheimer. En estos casos, las células sí serían compatibles siempre. Por eso, mucha gente decide congelar células en bancos privados, para tenerlas en caso de que estas investigaciones tengan éxito.


Las cifras…

El primer banco de células madre se creó en Gran Bretaña. Ahora, en todo el mundo, hay 100 bancos destinados a conservar 300.000 muestras sanguíneas procedentes de los cordones umbilicales, de los cuales 130.000 están en Europa (20.000 en España). De esta manera, nuestro país es el segundo por debajo de Estados Unidos en cuanto al volumen total de muestras almacenadas.


Legislación española

La Ley que regula actualmente la congelación de células madre es la Ley de 1988 de donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos. En ella no se recoge explícitamente la prohibición o autorización de los bancos de cordón de carácter privado. Lo que sí está permitido es la existencia de bancos públicos de donación. De hecho, en España existen seis bancos públicos de cordón que están en Barcelona, Málaga, Madrid, Galicia, Valencia y Tenerife. Las donaciones sólo se pueden llevar a cabo en maternidades adscritas a alguno de estos centros.

Pero últimamente este panorama está cambiando. Hace poco, la Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, declaraba su intención de presentar un nuevo decreto sobre garantías de calidad y seguridad de la donación, obtención, evaluación, procesamiento, preservación, almacenamiento y distribución de células y tejidos que adapte la directiva de la Unión Europea de Células y Tejidos.

Al parecer, este decreto obligará a que las células madre procedentes de los cordones umbilicales que estén guardadas en bancos privados para el uso del propio donante estén también a disposición pública para cualquier paciente que las necesite, aunque las familias podrán seguir enviando a bancos extranjeros este material.

Esto ocurre a nivel nacional, pero en Madrid la polémica está servida. En marzo de este año el Gobierno Regional aprobaba un decreto mediante el cual se permitía creación de bancos privados de sangre de cordón umbilical. Pero en mayo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid suspendía cautelarmente el decreto regional a causa de un recurso presentado por el Gobierno central. El Ministerio de Sanidad justifica este recurso al considerar el decreto “inútil” e “innecesario”. La Comunidad ha recurrido la sentencia, así que habrá que esperar a ver si finalmente se permite o no la creación de bancos privados en Madrid, al margen del decreto que apruebe en un futuro próximo la Ministra de Sanidad.


¿Qué pasa en el resto de Europa?

En Italia está totalmente prohibido congelar células madre, al menos hasta el momento. Mientras, en Reino Unido, Bélgica y Holanda los bancos privados si están permitidos. Esta situación viene amparada por una directiva del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo relativa al establecimiento de normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la verificación, el procesamiento, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos. En esta norma europea no se regula explícitamente la presencia de bancos privados, por lo que cada país tiene potestad para permitirlos o prohibirlos.


Fuentes: Ley 42/1988, de 28 de diciembre, de donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos (BOE 31/12/1988). El mundo digital (elmundo.es, 30 de marzo de 2006). Agencia EFE. Suplemento Salud de El Mundo, 4 de marzo de 2006.
Redacción: Irene García

 

 

 
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